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Información sobre la visa para Italia

Visa para Italia

  • Distintos requisitos de visado según la nacionalidad
  • Para más información consulte con la embajada

Los ciudadanos de la Unión Europea y Suiza no necesitan ningún visado para entrar al país. Para los ciudadanos canadienses no será necesaria tampoco la posesión de un visado, siempre que la estancia no exceda los 90 días.

Los ciudadanos de la Unión Europea que planeen viajar a Italia, basta con que cuenten con la identificación habitual de sus países de procedencia. En el caso de los ciudadanos de España sería suficiente con que presenten el carné de identidad, o en su defecto el pasaporte o cualquier documento de identificación personal con carácter vigente. Sin embargo, los estudiantes de otros países deben contar con otros requisitos que a continuación le explicamos.

Los ciudadanos de las siguientes naciones no requieren visa para entrar a Italia y permanecer entre 30 y 90 días dependiendo de su país (puede llamar a su consulado local para verificar el límite): Andorra, Argentina, Australia, Benin, Bosnia-Herzegovina, Brasil, Burkina Faso, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, El Salvador, Estonia, Fiji, Guatemala, Guyana, Honduras, Hungría, Islandia, Israel, Costa de Marfil, Japón, Kenya, (Sur) Corea, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Macedonia, Malasia, Maldivas, Malta, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Niger, Noruega, Paraguay, Polonia, Samoa, San Christopher & Nevis, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Suiza, Togo, Trinidad & Tobago, Uruguay, EEUU y Venezuela.

Los estudiantes de países no mencionados, requieren una visa para entrar a Italia por cualquier periodo de tiempo. Si su intención es quedarse más de 90 días en Italia le recomendamos que solicite su permiso de permanencia (permiso de soggiorno) o el carnet de permanencia (Carta de soggiorno). Estos dos documentos comprueban que la permanencia en Italia está es legal. Son expedidos por las autoridades italianas correspondientes.

Los pasos a seguir para solicitar su permiso de residencia o de soggiorno son los siguientes:

a) Solicitud de Visa en la Jefatura de Policía de la localidad en que se encuentre dentro de los ocho días laborales de haber entrado en Italia

b) Presentar junto con la solicitud los siguientes documentos: pasaporte vigente y fotocopias de todas sus páginas, tres fotografías tamaño carnet, sello de 10 o 12 EUR y un comprobante de domicilio.

c) Recuerde guardar el recibo de la solicitud.

Si desea solicitar la renovación del permiso de permanencia, debe hacerlo por lo menos 30 días antes de su fecha de caducidad. Las autoridades evaluarán la existencia de ciertas condiciones previstas para la expedición. Normalmente, el permiso de permanencia es renovado con una duración no superior al doble de la establecida en la primera expedición.

Más información

Si busca información más detallada acerca de los requisitos para tramitar un visado, cómo extender su estancia en Italia, cómo obtener una visa de estudiante, o qué hacer si extravía su tarjeta de turista, por favor contacte a la Embajada Italiana, al Consulado, o a las autoridades oficiales de Italia en su país.

Otra documentación necesaria

Asegúrese de llevar con usted un pasaporte vigente. Se recomienda fuertemente que su pasaporte tenga una validez mayor a varios meses después de su fecha de regreso.

Otros documentos y formas de identificación también pueden ser requeridas en ciertas situaciones, tales documentos pueden ser: boleto de regreso, comprobante de fondos económicos suficientes para financiar su estancia, licencia de conducir, certificado de vacunación, certificado de seguro social y otros. Tamibién pueden ser de gran ayuda las credenciales que lo identifiquen como estudiante de alguna universidad, jubilado, persona incapacitada, etc. ya que le pueden proveer ciertos descuentos en muchas instituciones culturales, transporte público, etc.

Por favor revise si tiene los documentos correctos y llévelos con usted. Para estar más seguro, considere sacar copias fotostáticas de sus documentos originales, pues en caso de extravío, podrá recibir mayor ayuda si tiene las copias con usted.

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