Los ciudadanos de la Unión Europea que planeen viajar a Italia no necesitan ningún tipo de documentación especial, basta con la habitual en sus países de procedencia. En el caso de los ciudadanos de España sería suficiente con que presenten el carné de identidad, o en su defecto el pasaporte o cualquier documento de identificación personal con carácter vigente. Sin embargo, los nacionales de otros países deben contar con otros requisitos que a continuación le explicamos.
Como hemos dicho los ciudadanos de la UE no necesitan visado para estancias de hasta 90 días. Adicionalmente ciudadanos de las siguientes naciones no requieren visa para entrar a Italia y permanecer entre 30 y 90 días dependiendo de su país (puede llamar a su consulado local para verificar el límite): Andorra, Argentina, Australia, Benin, Bosnia-Herzegovina, Brasil, Burkina Faso, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, El Salvador, Estonia, Fiji, Guatemala, Guyana, Honduras, Hungría, Islandia, Israel, Costa de Marfil, Japón, Kenya, (Sur) Corea, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Macedonia, Malasia, Maldivas, Malta, México, Mónaco, Nueva Zelanda, Nicaragua, Niger, Noruega, Paraguay, Polonia, Samoa, San Christopher & Nevis, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Suiza, Togo, Trinidad & Tobago, Uruguay, EEUU y Venezuela.
Todas las otras nacionalidades requieren una visa para entrar a Italia por cualquier periodo de tiempo. Si tiene alguna pregunta no dude en consultar a la Embajada Española.
Si su intención es quedarse más de 90 días en Italia le recomendamos que solicite su permiso de permanencia (permiso de soggiorno) o el carnet de permanencia (Carta de soggiorno) . Estos dos documentos comprueban que la permanencia en Italia está en regla. Son expedidos por las autoridades italianas correspondientes, o sea un permiso de permanencia o un título equivalente expedido por la autoridad correspondiente un Estado de la Unión Europea.
Los pasos a seguir para solicitar su permiso de residencia o de soggiorno son los siguientes: a) primero tiene que hacer la petición en la Jefatura de Policía de la localidad en que se encuentra dentro de los ocho días laborales de haber entrado en Italia; b) tiene que presentar junto con la petición los siguientes documentos: la fotocopia de todas las páginas del pasaporte y el original del pasaporte, tres fotos suyas tamaño carnet; un sello de unos 10 o 12 euros y un documento que demuestre donde vive c) tiene que guardar el recibo de la presentación de la petición.
Tiene que pedir la renovación del permiso de permanencia por lo menos 30 días antes de que caduque. Las autoridades evaluarán la existencia de ciertas condiciones previstas para la expedición. Normalmente, el permiso de permanencia es renovado con una duración no superior al doble de la establecida en la primera expedición.
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